Carta de petición de corrección de bases del “Concurso del cartel del Carnaval de Santa Cruz de Tenerife 2024”

18/07/2023

A la atención de

Sr. D. Javier Caraballero Morales

Concejal delegado en materia de actividades festivas y recreativas del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, y Presidente del Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativa.

 

En Canarias, a 12 de julio de 2023

 

Estimado Señor:

 

Mi nombre es Pedro García y me dirijo a usted como presidente de la Asociación de Profesionales y Empresas de Diseño de Canarias (DI-CA), asociación miembro de la Red Española de Asociaciones de Diseño (READ), en referencia al “Concurso del cartel del carnaval de Santa Cruz de Tenerife 2024convocado por su ayuntamiento a través de Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas.

 

Tras tener conocimiento de esta iniciativa y leer las bases de la misma hemos detectado varios puntos que no se ajustan a los estándares de contratación nacionales de READ e internacionales de ico-d de calidad mínimos exigibles en convocatorias abiertas y que, por tanto, atentan contra la integridad profesional del colectivo que representamos. Ahondamos en la gravedad de los hechos por reiteración en los mismos, a pesar de haber establecido conversaciones en años anteriores para poner fin a dichas prácticas especulativas, y habiéndose comprometido con DI-CA a continuar las conversaciones que iniciamos el año pasado, que tenían como objetivo ayudarles a redactar unas bases atractivas para los/as mejores diseñadores/as y a su vez, dignas para las personas dedicadas profesionalmente al diseño, bajo un proceso tipo Llamada a Proyecto. Un modelo de contratación mucho más eficiente para ustedes como institución que aspira a conseguir lo mejor y sobre todo, un modelo de contratación respetuoso con un gremio profesional que lleva décadas padeciendo estos atropellos.

 

A grandes rasgos, se nos antoja difícilmente asumible que un proceso tan importante como es el diseño de la gráfica visual de unas fiestas de interés turístico internacional, se trate de forma no profesional a través de un concurso abierto y no dirigido a profesionales de la materia.

 

El diseño y la comunicación basan su eficacia y metodología en la investigación previa al desarrollo de soluciones a un problema. Diseño no es sólo el resultado final (la imagen visual) sino todo el proceso llevado desde el estudio previo a la implantación y control de calidad de resultados. Al solicitar una propuesta visual de un proyecto para ser partícipes de selección de profesionales para su desarrollo, se está solicitando que se realice una gran parte de dicho trabajo de forma no remunerada siendo claramente injusto con el/la profesional que lo desarrollará.

 

Las/os profesionales del diseño, como en toda profesión, cotizan y pagan sus impuestos. El hecho de solicitar trabajo no remunerado a un/a profesional del diseño lleva implícita una falta de respeto a gran parte de su proceso y al valor añadido que su trabajo aporta. A un/a profesional le avalan su formación, su talento, sus herramientas, su especialización, el bagaje histórico de su experiencia, y su metodología. Es de ahí de donde entendemos que debe derivarse su selección para afrontar encargos para los que demuestre estar plenamente capacitada/o.

 

Además, el diseño es una herramienta de factor de innovación que lleva implícita una mejora de la competitividad y este hecho no lo decimos solo nosotros, sino los organismos competentes en materia legislativa:

 

  • El 23 de junio de 2010 se aprobó en el Parlamento de Canarias la Proposición No de Ley 7L/PNL-204 en favor del reconocimiento del diseño como factor de innovación empresarial.
  • Además, el pasado 10 de mayo de 2018, se aprobó en el Congreso de los Diputados la Proposición no de Ley relativa al desarrollo de una Estrategia Nacional de Diseño por unanimidad. En ella se recoge la conformidad acerca de que "el diseño es un impulsor de la innovación y la competencia, el crecimiento y el desarrollo, la eficiencia y la prosperidad", tal y como se destaca en la Declaración del Diseño de Montreal, firmada en la cumbre mundial del diseño celebrada del 23 al 25 de octubre de 2017 en Montreal (Canadá).

 

Nos sorprende, con pesar, que su Ayuntamiento que en otras tantas ocasiones ha tenido un comportamiento ejemplar con nuestro sector, realice una convocatoria en tales términos pues daña gravemente a sus profesionales, así como a la imagen pública que del mismo puede derivar si no nos opusiéramos. Especialmente grave, como indicaba en el inicio de la presente, por la reiteración de su convocatoria a pesar de las comunicaciones establecidas en años anteriores para la corrección de dicho procedimiento.

 

No podemos dar por válido un proceso que va en contra de la buena praxis de contratación del diseño asumido por la gran mayoría de asociaciones profesionales de este país y a nivel europeo e internacional. Y, acorde a ello, debemos rechazar en estos términos dicha convocatoria y solicitar a todas/os las/os profesionales del sector que no sean partícipes de un proceso especulativo hasta que se corrijan todos los defectos de forma y fondo identificados. Es por ello que les solicitamos la inmediata corrección de las bases, y/o la retirada de dicho procedimiento en pro de un proceso más ético, justo, transparente y legal.

 

Permítanos exponerle a continuación algunos puntos concretos a los que nos referimos de forma directa:

 

En el punto I. Participación se cita:

 

"... podrá participar cualquier artista o diseñador/a…

Consideramos que no es correcto, ya que no cualquier persona tiene capacitación técnica para afrontar un proyecto de estas características, que debe cumplir unos objetivos estratégicos y respaldar el trabajo de las instituciones y a la ciudadanía a las que representa. No solicitar una demostrada capacitación profesional para el desarrollo de la pieza en forma bien de estudios superiores especializados de la materia (grados de diseño, ilustración o bellas artes) o experiencia profesional demostrable de, al menos, 5 años en proyectos similares, es una manifiesta premisa errónea.

 

Debería recurrirse a profesionales del sector, como así se hace en cualquier encargo de carácter técnico tanto en instituciones públicas, como de otro ámbito industrial y económico. Además, si tenemos en cuenta la difusión y la envergadura de este encargo, su relevante difusión nacional e internacional, entendemos que es lógico que deba ser abordado por profesionales que garanticen un resultado óptimo.

 

Tal y como se plantea este punto en la convocatoria, creemos que muchas/os profesionales de nuestras islas y nuestro país no encontrarán la motivación necesaria para participar.

 

Además, entendemos que una institución pública debe velar la legalidad de desarrollo de actividades profesionales, por lo que entendemos que deberían solicitar que quienes participan deban estar al corriente de sus correspondientes tributos y en facultad de contratar con la Administración. Para ello, deberían presentar declaración de estar al corriente de las obligaciones tributarias y acompañarla de los tres certificados oficiales: uno de la Agencia Tributaria del Gobierno de España, otro de la Seguridad Social y finalmente del Gobierno de Canarias.

 

En el punto III. Características Técnicas de la Obra se cita:

 

“También se presentará, en un pendrive USB, en formato informático vectorial, editable y escalabe, Adobe Illustrator (extensión.AI) o bien, Inkscape (extensión.SVG), de 50x70 centímetros y resoluciones de referencia a 300ppp. Como alternativa también se podrá presentar en formato Photoshop por capas (extensión .PSD), TIFF por capas (extensión .TIF o .TIFF) en cuyo caso el formato será de 50x70 centímetros de orientación horizontal o vertical y a 300 ppp de resolución, en un espacio de color OFFSET CMYK (imprenta).“

 

Una obra con derechos de propiedad intelectual e industrial está sujeta a derechos por parte de su autor. Tal y como citan en la página web del Ministerio de Cultura y Deporte, en su apartado de Derechos morales de la Propiedad Intelectual: http://www.culturaydeporte.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/pro

piedadintelectual/la-propiedad-intelectual/derechos.html

 

“Entre ellos destaca el derecho al reconocimiento de la condición de autor de la obra o del reconocimiento del nombre del artista sobre sus interpretaciones o ejecuciones, y el de exigir el respeto a la integridad de la obra o actuación y la no alteración de las mismas.”

 

Establecer de antemano la entrega del archivo fuente es similar a solicitar a un diseñador de moda el patrón de un vestido, o a un fotógrafo el negativo original. El archivo fuente es la protección máxima del autor y su obra. Su entrega entendemos que no puede ser obligatoria, si bien voluntaria por parte del autor/a con la salvedad expuesta en el siguiente párrafo.

 

En este caso, les recomendamos que la persona autora de la propuesta ganadora sea, de forma directa, la encargada de la realización de todas esas adaptaciones descritas. Evidentemente, con la remuneración adecuada por una actividad profesional cuya cuantía debe establecerse previo a hacer el trabajo.

 

También se cita en sus bases: “Los elementos que componen la obra deberán ser propios del cartelista y en ningún caso violarán derechos de autor de terceros. Los elementos se utilizarán también en la imagen corporativa del Carnaval 2024 en conjunto o individualmente.”

 

Los diferentes elementos que componen un cartel pueden estar sujetos a licencia de explotación profesional diversas: fotografía, tipografía, etcétera. El autor/a, salvo que sea autor inequívoco de todos los elementos utilizados, no puede entregar los archivos fuentes utilizados pues carece de licencia para cesión de dichos derechos. La adquisición de licencia de, por ejemplo, una tipografía no permite que los archivos informáticos que permiten su uso sean entregados a terceros, pues los autores de dichas tipografías tienen derecho a cobrar por el uso de dichos archivos en otros equipos.

 

De otro modo: están solicitando Vds que, además, se desarrolle una familia tipográfica exclusiva y desde cero, algo que conlleva muchos meses de trabajo y, evidentemente, una mayor cuantía económica de gastos por parte del profesional y, en consecuencia, de sus honorarios.

 

Además, la ya citada normativa vigente en materia de propiedad intelectual establece que la persona titular de la autoría de una obra tiene el derecho a “exigir el respeto a la integridad de la obra o actuación y la no alteración de las mismas”.

 

Es, por lo tanto, un atropello contra sus derechos morales que su obra pueda ser reinterpretada o despiezada por un tercero sin previa autorización de cada una de las modificaciones que se realizaran.

 

En el punto “IV. SISTEMA DE ELECCIÓN Y VOTACIÓN DEL CARTEL GANADOR” se cita:

 

La composición del Jurado artístico, que se designará por Resolución de la Presidencia del OAFAR, será la siguiente: Presidente: La persona titular de la Presidencia del OAFAR o persona en quien delegue, actuando con voz y voto. Vocales: Tres (3) Licenciados/as en Bellas Artes, profesionales del diseño o artistas plásticos de reconocido prestigio, y dos (2) representantes del mundo del Carnaval.

 

Entendiendo que esta convocatoria está orientada a artista plásticos y diseñadores gráficos, sugerimos que entre los miembros del jurado se garantice la presencia de una mayoría de diseñadores/as gráficos/as de prestigio. De esta forma se asegura que los criterios técnicos, de objetivos y de comunicación establecidos prevalecen frente a criterios subjetivos.

 

En el establecimiento de un jurado par (3 profesionales y 3 no profesionales) puede prevalecer finalmente un interés parcial, por lo que les invitamos a que se sume, al menos, una persona más del ámbito profesional del sector.

 

En el punto V. RELACIÓN A ESTABLECER ENTRE EL OAFAR Y LA AUTORÍA DEL CARTEL GANADOR se cita:

 

“El OAFAR adjudicará a la autoría del único cartel ganador, previa tramitación del oportuno expediente administrativo, un contrato de servicios artísticos, cuyo objeto consistirá en la supervisión y colaboración con el OAFAR en cuantas cuestiones relacionadas con el diseño del cartel sean necesarias para su reproducción, por importe de DOS MIL QUINIENTOS EUROS (2.500,00 €), IGIC no incluido. En el precio del contrato se entienden incluidas todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán de cuenta de la persona contratista, salvo el IGIC, que deberá ser soportado por la Administración. Se consideran también incluidos en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para su ejecución, incluidos los posibles desplazamientos. También son de cuenta de la contratista los gastos de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.”

 

La publicidad que la Institución que Vd. representa va a obtener gracias al concurso y la relevancia en la comunicación de un evento de interés turístico internacional, debiera verse reflejada en el valor del premio. Un pago bajo, teniendo en cuenta que los 2.500 euros incluyen la cesión de los derechos de explotación de la propiedad intelectual, deja entrever el valor del proyecto en su conjunto. Sin citar que cuando un profesional acude a un proceso de este tipo invierte horas de su trabajo, que le cuestan dinero y recursos, sin tener seguridad de recibir un pago a cambio, por tanto, el riesgo habría que premiarlo.

 

Desde DI-CA sugerimos que este tipo de convocatorias, como mínimo deben ofertar un premio igual al precio de mercado si se contratara de forma directa, ya que la publicidad que reciben llega a multitud de personas, entre ellas a clientes de nuestros asociados, quienes no justificarían pagar nuestros honorarios si luego aceptamos participar en una convocatoria de este relevancia cuyo premio es inferior al costo real del trabajo realizado.

 

El principal compromiso de un profesional es el de ofrecer una prestación de calidad. Cosa imposible en concursos en los que los buenos profesionales jamás entrarían si el premio no se torna coherente con la realidad de precios del mercado, ya que las posibilidades de perder son muy altas, y por ende, muchas horas de trabajo que no han sido remuneradas. Este sería motivo suficiente para comprender que el concurso será un paseo de malos diseños y peores soluciones.

 

Es por todo ello que les volvemos a solicitar que se realice dicha convocatoria bajo el procedimiento de “Llamada a proyecto” que implica una forma más transparente, ética y justa para con las/os profesionales del sector, y que tanto DI-CA como READ han realizado en multitud de ocasiones para diversas instituciones y entidades públicas que respetan la ética profesional y la transparencia de forma más plausible, como el propio Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, el Cabildo de Tenerife, Ministerios del Gobierno de España y múltiples instituciones más a lo largo y ancho de este país.

 

Le invitamos a conocer el proceso de forma esquemática a través de un ejemplo de aplicación del Cabildo de Tenerife: http://di-ca.es/posts/view/71

 

Una vez manifestados los hechos, solicitamos la rectificación de dichas bases de acuerdo con lo expuesto, y/o la retirada inmediata de dicha convocatoria.

 

Desde DI-CA, Asociación de Profesionales y Empresas de Diseño de Canarias, ponemos a su disposición los servicios que prestamos bajo demanda:

 

  • Asesoría para Bases y Pliegos Técnicos de Contratación de Diseño. (Certificado por DI-CA)
  • Jurados especializados para procesos selectivos de diseño. Asesoría para la contratación de servicios de diseño como factor de Innovación a través de las líneas subvencionadas del Gobierno de Canarias.
  • Convenios con instituciones para obtención de descuentos en los servicios de diseño de nuestros asociados.
  • Difusión entre las empresas acerca de los beneficios de la innovación en diseño y su correcta gestión.
  • Difusión de contenidos avanzados y buenas prácticas en la gestión estratégica del diseño.
  • Contribuimos a la internacionalización del diseño canario. Su proyección exterior contribuye a reforzar la imagen de progreso y modernidad de la Comunidad Canaria.
  • Contamos con unamplio directorio de profesionales de las distintas ramas del diseño (gráfico, interactivo, audiovisual, industrial, producto, interiores, ...).

 

Puede consultar las recomendaciones de IcoD en su web oficial http://www.ico-d.org/database/files/library/IcoD_BP_SolicitingWork.pdf o en la traducción al español que realizamos hace años y que encontrarán adjunta y también disponible a través de la web: http://di-ca.es/publications/attachment/15

 

Esperando su respuesta, reciba un cordial saludo.

 

 

Pedro García

Presidente de DI-CA

 

 

Juan Lázaro

Presidente de READ

 

Carta de petición de corrección de bases del “Concurso del cartel del Carnaval de Santa Cruz de Tenerife 2024”