Carta de petición de corrección de bases del “Concurso del cartel del Carnaval de Las Palmas de Gran Canaria 2026”

14/07/2025

A la atención de

 

D.ª Carolina Darias San Sebastián
Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

D. Josué Íñiguez Ollero
Concejal de Gobierno del Área de Seguridad, Convivencia y Cultura

D.ª Inmaculada Medina Montenegro
Concejala de Gobierno del Área de Coordinación Territorial, Aguas, Carnaval y Fiestas

 

 

En Canarias, a 8 de julio de 2025

 

Estimadas Señoras / Estimado Señor:

 

Mi nombre es Javier Cabrera y me dirijo a ustedes como presidente de la Asociación de Profesionales y Empresas de Diseño de Canarias (DI-CA), asociación miembro de la Red Española de Asociaciones de Diseño (READ) y de BEDA - The Bureau of European Design Associations, en referencia a la “CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA SELECCIÓN DEL CARTEL DEL CARNAVAL, DE INTERÉS TURÍSTICO INTERNACIONAL, DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 2026” convocado por su ayuntamiento a través de la Sociedad de Promoción de Las Palmas de Gran Canaria. 

Este escrito cuenta con el apoyo implícito de la Red Española de Asociaciones de Diseño (READ), a través de su presidencia. Esta red está compuesta por 12 asociaciones regionales de toda España.

Tras tener conocimiento de esta iniciativa y leer las bases de la misma, hemos detectado un año más, varios puntos que no se ajustan a los estándares de contratación nacionales de READ e internacionales de ICoD de calidad mínimos exigibles en convocatorias abiertas y que, por tanto, atentan contra la integridad profesional del colectivo que representamos. 

Ahondamos en la gravedad de los hechos por reiteración en los mismos, a pesar de haber establecido conversaciones en años anteriores para poner fin a dichas prácticas especulativas. Conversaciones que tenían como objetivo ayudarles a redactar unas bases atractivas para los/as mejores diseñadores/as y a su vez, dignas para las personas dedicadas profesionalmente al diseño, bajo un proceso tipoLlamada a Proyecto. Un modelo de contratación mucho más eficiente para ustedes como institución que aspira a conseguir lo mejor y sobre todo, un modelo de contratación respetuoso con el gremio profesional del diseño.

De hecho, durante varias convocatorias colaboramos con su Institución y se acometieron contrataciones acorde a dichos estándares. Convocatorias exitosas, y de las que D.ª Inmaculada Medina puede dar testimonio directo de su buenos resultados:

El cartel de la edición 2022, obra del valenciano Vicent Ramón, fue seleccionado dentro de la muestra From Spain With Design (FWSD) comisariada por READ como ejemplo de buen diseño en una exposición que ha recorrido diversos puntos expositivos en todo el territorio nacional, e internacional con reciente muestra en el Centro cultural español de Washington, gracias al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del gobierno español.

Constatamos nuestro hondo malestar, más aún si cabe, cuando muy recientemente esta misma institución volvió a apostar junto a nuestro asesoramiento por un modelo exitoso de Llamada a Proyecto:

 

Este colectivo profesional atendió a la participación de dicha convocatoria alentado por la promesa de que se volvía al camino de la ética en el trato a profesionales de nuestro sector, con un modelo de contratación no especulativa. Nos entristece muy profundamente que ese camino vuelva a torcerse en este nuevo concurso que han convocado.

Desconocemos el por qué desde Promoción de Las Palmas de Gran Canaria se ha salido de esa deriva exitosa y respetuosa, para volver de nuevo a un proceso de contratación de concurso popular en un, a nuestro profesional entender, manifiesto erróneo paso atrás. Hecho más grave aún, cuando Las Palmas de Gran Canaria aspira a la Candidatura a Capital Europea de la Cultura 2031. ¿De veras consideran que esta es la forma de mostrar sintonía y respeto con una de las disciplinas llamada a ser protagonista de la misma? 

Volviendo a la actual convocatoria, a grandes rasgos, se nos antoja difícilmente asumible que un proceso tan importante como es el diseño de la gráfica visual de unas fiestas de interés turístico internacional, se trate de forma no profesional a través de una convocatoria pública abierta y no dirigida exclusivamente a profesionales de la materia. Esto no se entendería ni se toleraría en ninguna capital europea importante.

El diseño y la comunicación basan su eficacia y metodología en la investigación previa al desarrollo de soluciones a un problema. Diseño no es sólo el resultado final (la imagen visual) sino todo el proceso llevado a cabo desde el estudio previo a la implantación y control de calidad de resultados.

Las/os profesionales del diseño, como en toda profesión, cotizan y pagan sus impuestos. El hecho de solicitar trabajo no remunerado o mal remunerado a un/a profesional del diseño lleva implícita una falta de consideración a gran parte de su proceso y al valor añadido que su trabajo aporta. 

Además, el diseño es una herramienta de factor de innovación que lleva implícita una mejora de la competitividad y este hecho no lo decimos solo nosotros, sino los organismos competentes en materia legislativa:

  • El 23 de junio de 2010 se aprobó en el Parlamento de Canarias la Proposición No de Ley 7L/PNL-204 en favor del reconocimiento del diseño como factor de innovación empresarial.
  • Además, el 10 de mayo de 2018, se aprobó en el Congreso de los Diputados la Proposición no de Ley relativa al desarrollo de una Estrategia Nacional de Diseño por unanimidad. En ella se recoge la conformidad acerca de que "el diseño es un impulsor de la innovación y la competencia, el crecimiento y el desarrollo, la eficiencia y la prosperidad", tal y como se destaca en la Declaración del Diseño de Montreal, firmada en la cumbre mundial del diseño celebrada del 23 al 25 de octubre de 2017 en Montreal (Canadá).

 

Permítanme exponerles a continuación algunas cuestiones que entendemos erróneas en su documento de Bases publicada y aclaraciones de DI-CA a tener en cuenta:

En el segundo párrafo de la convocatoria se cita:

"Esta convocatoria tiene como finalidad convocar a profesionales y amateurs…

Aclaración: cualquier persona (amateur) no tiene capacitación técnica ni profesional para afrontar un proyecto de estas características, que debe cumplir unos objetivos estratégicos y respaldar el trabajo de las instituciones y a la ciudadanía a las que representa. No solicitar una demostrada capacitación profesional para el desarrollo de este proyecto, en forma de estudios superiores especializados de la materia (grados de diseño, ilustración o bellas artes) o, en su caso, experiencia profesional demostrable de, al menos, 5 años en proyectos similares, es una manifiesta premisa errónea.

Debería recurrirse a profesionales del sector, como así se hace en cualquier encargo de carácter técnico tanto en instituciones públicas, como de otro ámbito industrial y económico. Además, si tenemos en cuenta la envergadura de este encargo, su relevante difusión nacional e internacional, debe ser abordado por profesionales que garanticen un resultado óptimo.

Una institución pública debe velar por la legalidad del desarrollo de actividades profesionales, por lo que quienes participan de un concurso público, autónomos empresas, deben estar al corriente de sus tributos y en facultad de contratar con la Administración. Si no es así: ¿de qué forma legal abonarán el premio a una persona amateur?

 

En el punto 1.2. Participación y requisitos se cita:

“El diseño elegido pasará a ser propiedad de Promoción, la cual tendrá, en exclusiva, los derechos de explotación de la obra sin limitación temporal alguna, de su divulgación en cualquier forma, distribución y en general, de la transmisión de cualquier derecho de explotación sin necesidad del previo consentimiento del autor, respetando lo establecido en las disposiciones legales vigentes al respecto”.

Una obra con derechos de propiedad intelectual e industrial está sujeta a derechos por parte de su autor. 

“Nadie puede atribuirse la autoría ni modificar la obra sin su permiso si ello supone atentar contra su integridad como autor” (art. 14 de la LPI).

Según la LPI (art. 43 y siguientes): “la cesión de derechos debe ser expresa y por escrito”.

Aclaración: el derecho al reconocimiento de la condición de autor de la obra o del reconocimiento del nombre del artista sobre sus interpretaciones o ejecuciones, y el de exigir el respeto a la integridad de la obra o actuación y la no alteración de las mismas. Además, el derecho de integridad de obra exige que el/la autor/a deba autorizar cualquier tipo de modificación sobre su obra. Por ejemplo, el “cambio de color” que sugieren en las Bases no se podría llevar a cabo sin la autorización expresa del autor.

 

En el punto 1.3. Participación y requisitos se cita:

“El autor de la obra o la empresa ganadora percibirá, en concepto de premio, la cantidad de 2.100 euros”.

La publicidad que la ciudad y el ayuntamiento van a obtener gracias a dicha convocatoria y la relevancia en la comunicación de un evento de interés turístico internacional, debiera verse reflejada en el valor del premio. Un pago tan excesivamente bajo, teniendo en cuenta que los 2.100 € —antes de aplicación de impuestos— incluyen múltiples adaptaciones y la cesión de los derechos de explotación de la propiedad intelectual, deja entrever su baja consideración al valor del proyecto en su conjunto. 

Aclaración: este tipo de convocatorias deben ofertar un premio igual al precio de mercado y a la relevancia del evento en sí mismo de la misma forma que si se contratara de forma directa.

 

En el punto 4. Adaptaciones

Se solicitan una cantidad ingente de adaptaciones a cada participante.

Nos parece una medida insólita, pues estas adaptaciones se solicitan siempre a posteriori; abusiva, por la ingente cantidad de adaptaciones solicitadas en esta fase previa a la resolución y como consecuencia de todo ello falta de consideración hacia el trabajo profesional.

Aclaración: eliminar estas adaptaciones y que la persona autora de la propuesta ganadora pueda ser la encargada, posteriormente, de la realización de todas esas adaptaciones descritas. Evidentemente, con la remuneración adicional adecuada por una actividad profesional cuya cuantía debe establecerse previamente a la realización del trabajo.

 

En el punto 5.3. Selección de trabajos

“La Mesa Técnica del Carnaval estará compuesta por personas  con relación directa con el mundo del Carnaval, así como profesionales del marketing, comunicación y artes gráficas.”

Aclaración: dado que esta convocatoria está orientada a diseñadoras/es gráficas/os, entre las/os miembros del jurado se debería garantizar la presencia de una mayoría de diseñadores/as gráficos/as de prestigio y se anuncie públicamente dicha composición a cuenta de un proceso transparente. De esta forma se asegura que los criterios técnicos y de comunicación sean objetivos establecidos frente a criterios subjetivos.

 

En el punto 7 se cita:

“Los participantes serán responsables de cualquier posible reclamación, tanto por derecho de autor como por derechos de imagen de los trabajos presentados.”

Si la participación está abierta a personas amateur, incluidos menores de edad (según las bases nada lo impide) ¿Cómo pueden exigir esta medida en las bases? 

Aclaración: realizar una convocatoria pública para profesionales, autónomos o empresas, que puedan responder ante este tipo de reclamaciones legales.

 

Por todo lo antes mencionado:

 

Les instamos a retirar las Bases publicadas de la CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA SELECCIÓN DEL CARTEL DEL CARNAVAL, DE INTERÉS TURÍSTICO INTERNACIONAL, DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 2026 y se tengan en cuenta nuestras recomendaciones para la realización de dicha convocatoria bajo el procedimiento de “Llamada a proyecto” la cual implica una forma más transparente, ética y justa para con las/os profesionales del sector, y que tanto DI-CA como READ han realizado en multitud de ocasiones para diversas instituciones y entidades públicas que respetan la ética profesional y la transparencia de forma más plausible, como así lo ha hecho en varias ocasiones el propio Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y múltiples instituciones canarias y de este país.

 

Quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración sobre el procedimiento de la Llamada a Proyecto así como para ampliar la información expresada en este escrito.

 

Esperando su respuesta lo antes posible, reciba un cordial saludo.



Javier Cabrera

Presidente de DI-CA

 

Silvia González

Presidenta de READ


Carta de petición de corrección de bases del “Concurso del cartel del Carnaval de Las Palmas de Gran Canaria 2026”